El ABC de la Igualdad ante la Ley
Moeh Atitar de la Fuente - Wednesday 8 de July de 2009
(…) Falta la proporción cuando el castigo resulta notablemente excesivo de acuerdo con el daño causado y la circunstancia personal del autor (presunto, por supuesto, en el caso actual). En términos sociales y políticos, la «pena de banquillo» a la que puede verse sometido el presidente de la Comunidad Valenciana excede con mucho la eventual responsabilidad en que podría haber incurrido, si es que tal cosa llega a establecerse por una sentencia. En la democracia mediática de nuestro tiempo, un líder político de tanta relevancia sometido a juicio con intervención de un jurado popular puede sufrir un deterioro irreparable para su imagen pública, aunque luego resulte absuelto. Debe tenerse presente también que no existe pena de inhabilitación para cargo público en el delito que se le imputa, lo cual refleja claramente la medida muy concreta del reproche penal que el Código atribuye a este tipo de conductas.
En nuestro ordenamiento jurídico, las normas deben ser interpretadas -entre otros criterios- de acuerdo con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas. Camps sufre ya desde hace meses una fuerte presión que convierte sus apariciones públicas en actos de apoyo -con mucha frecuencia- o bien en oportunidades para ser preguntado una y otra vez sobre el tema recurrente. La carrera política de un líder acreditado por el éxito reiterado en las urnas es un factor que merece protección en términos de proporcionalidad, evitando un juicio paralelo sin garantías y sin defensa posible que se transforma de hecho en un verdadero acoso al personaje público (…)
Editorial de hoy del ABC. ¡Que prime la proporcionalidad de la pena sobre la igualdad ante la Ley! Nada, si Camps resulta culpable, que se lo digan solo a él.